sábado, abril 01, 2006


CAPÍTULO 5. EL NUEVO DECRETO

Soy el presidente de la República. He conseguido una mayoría absoluta aplastante. Incluso los propios candidatos de la oposición tuvieron minutos dubitativos ante las urnas el día de la participación electoral. La clave de mi éxito, el tiempo que he elegido para saltar al campo de la política. Una ciencia que se encontraba desgastada por el mal uso que estaban haciendo de ella. Los segmentos que hace tres décadas resultaban ser decisivos para decidir entre uno de los dos partidos preponderantes habían cambiado. Y lo habían hecho precisamente por aquellas generaciones que veían atónitos como los partidos que se veían obligados a votar, no conseguirían arrancarles una sola ilusión, no conseguirían dotarles de una mínima brizna de esperanza a lo largo de sus mandatos.
Yo les reflejaba y me eligieron confiando que yo les cambiaría las vidas. Y he aquí que me encuentro en mi despacho, después de la investidura pensando en cual va a ser mi primer decreto. Y ya lo tengo preparado. Llevaba mucho tiempo ideándolo y el lunes que viene, en el congreso, se aprobará sin problemas. Sólo espero que las consecuencias no sean devastadoras y que el ejército no tenga que salir a la calle.

Será el decreto 01.28.2026. DÉCRETO DE FELICIDAD INAMOVIBLE 08-12.

El presidente de la República instaura en la Constitución el decreto de Felicidad Inamovible 08-12, por el cual todos los ciudadanos de la República tendrán que actuar bajo su normativa. Dicho decreto obliga a actuar entre las 8 horas de la mañana y las 12 horas de la mañana, de lunes a sábado según una serie de directrices que citamos a continuación.

  • 1. Sonrisa reluciente cada mañana. Sólo las personas que puedan justificar mediante una confirmación del médico su estado depresivo o de anomalías similares, podrán estar exentas del acto. El estado se comprometerá a mejorar gratuitamente las sonrisas de todas aquellas personas que lo soliciten.
  • 2. Buenos días o saludos parecidos serán obligatorios de realizar con todo el mundo que se cruce en las diferentes trayectorias viales realizadas.
  • 3. La buena vestimenta será obligatoria. El estado se encargará de subministrarla a todas aquellas personas que por problemas económicos no puedan permitírsela.
  • 4. Se tildará a las horas establecidas por el decreto como “MORNING HAPPY HOURS”, bajo las cuales se tendrán que tener en cuenta una serie de circunstancias en todos los lugares con sus correspondientes causa - efecto. 4.1. Las empresas tendrán prohibido despedir personal en esta franja horaria.
    4.2. Las empresas estarán obligadas a celebrar una fiesta matutina una vez al mes para relajar a su personal
    (Consultar decreto de elementos obligatorios que una empresa debe tener en su espacio de trabajo. Tal como futbolines, billares, camas inchables…).
    4.3. Aquellas personas que durante mas de dos minutos no le quiten el ojo a otra persona ser verán obligadas a darle su número de teléfono, acompañado de una frase elegante para poder citarse con ella en otra ocasión y siempre que la otra persona acceda a ello. Si no se dispone de frases elegantes el Estado se encargará de instruir con cursos especializados a dichas personas.
    4.4. SE IRÁ INSTAURANDO NUEVO REGLAMENTO A MEDIDA QUE AVANCE EL MANDATO Y DESPUÉS DE COMPROBAR CON ENCUESTAS REGLAMENTARIAS QUE EL ÍNDICE DE FELICIDAD POR PERSONA AUMENTA NOTABLEMENTE.


1 comentario:

Carla dijo...

jajaja muy buena tu nueva ley. Ojalá se impusiera a diario pk nos hace falta a todos! Yo te apoyaré si la propones al Parlamento! Pipo for presient! yeah!